¿Qué documento sustituye a la nómina para un autónomo en España?
La declaración anual del IRPF (modelo 100) o el modelo 130 de pagos fraccionados trimestrales son los documentos que acreditan tus ingresos ante una financiera cuando no tienes nómina. Algunas entidades también aceptan los últimos 3-6 extractos bancarios que muestren ingresos regulares por facturación de tu actividad.
La razón por la que estos dos documentos concretos —y no otros— se han convertido en el estándar del sector es que ambos están presentados ante la Agencia Tributaria, lo que les da un nivel de fiabilidad que un simple listado de facturas emitidas por el propio autónomo no tiene. El modelo 100 refleja el resultado del ejercicio completo anterior, útil para financieras que quieren ver una foto anual estable, mientras que el modelo 130 —al presentarse trimestralmente— permite mostrar ingresos más recientes si la actividad ha crecido o cambiado en los últimos meses respecto al año fiscal cerrado.
Un matiz importante: el modelo 130 solo lo presentan los autónomos que tributan en estimación directa (la mayoría de actividades profesionales y de servicios); los que están en módulos o estimación objetiva no lo presentan de la misma forma, por lo que en esos casos la financiera puede pedir directamente el modelo 100 del ejercicio anterior o, alternativamente, extractos bancarios recientes como respaldo.
Además del documento de ingresos, casi todas las financieras piden explícitamente estar al corriente de pagos con Hacienda y con la Seguridad Social (certificado que se puede solicitar de forma telemática y gratuita en cuestión de minutos), ya que una deuda activa con estos organismos suele ser motivo de rechazo automático, incluso si los ingresos declarados son suficientes. La antigüedad mínima habitual como autónomo dado de alta en el RETA es de 6 meses, aunque algunas entidades más flexibles aceptan 3 meses con importes más reducidos.