SAT y CFDI para créditos en México: qué cambia con la nueva regulación de 2026
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
El SAT publicó en el primer trimestre de 2026 nuevas reglas de emisión de CFDI aplicables a contratos de crédito personal, hipotecario y empresarial en México. Los cambios afectan tanto a la emisión de comprobantes por parte de las instituciones como a la posibilidad de deducción de intereses para personas físicas con actividad empresarial.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en febrero de 2026 la actualización de las reglas de emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) aplicable a los contratos de crédito otorgados por instituciones financieras y SOFOM en México. Los cambios, vigentes a partir del 1 de abril de 2026, buscan alinear la trazabilidad fiscal del crédito con el esquema de factura electrónica versión 4.0 y reducir el margen de evasión en la deducibilidad de intereses.
Principales cambios en el CFDI de créditos en 2026
Las nuevas reglas del SAT establecen que toda institución financiera o SOFOM que otorgue créditos en México debe:
- Emitir un CFDI de tipo "Ingreso" al momento de la disposición del crédito, que incluya el complemento específico de operaciones con el público en general cuando el acreditado sea persona física sin actividad empresarial.
- Emitir CFDI mensual de intereses: para créditos hipotecarios, automotrices y personales con plazo superior a 12 meses, la institución debe emitir un CFDI mensual que desglose los intereses nominales, los intereses reales y las comisiones cobradas en el periodo, con el RFC del acreditado.
- Nuevo complemento "Crédito Financiero": el SAT incorporó en la versión 4.1 del CFDI un complemento específico para operaciones de crédito que incluye campos para el saldo insoluto, la tasa aplicada en el periodo y el tipo de crédito según el catálogo del SAT.
Deducción de intereses reales para personas físicas
Las personas físicas con actividad empresarial o profesional pueden deducir los intereses reales pagados en créditos hipotecarios para casa habitación en su declaración anual de ISR, siempre que la institución les haya emitido el CFDI correspondiente. Para 2026, el SAT aclara que:
- Solo son deducibles los intereses reales (intereses nominales menos inflación del periodo), no los intereses nominales totales.
- El monto deducible está limitado a créditos hipotecarios de hasta $4,000,000 MXN (aproximadamente 750 mil UDIS al tipo de cambio de inicio de 2026).
- La institución debe emitir el CFDI de intereses antes del 15 de febrero del año siguiente para que el contribuyente pueda incluirlos en su declaración anual.
Implicaciones para fintechs y SOFOM
Las SOFOM y fintechs que operan como originadoras de crédito están obligadas desde el 1 de abril de 2026 a emitir los CFDI de crédito en los mismos términos que la banca comercial. El incumplimiento configura una infracción fiscal sancionable con multas de entre $18,370 y $104,168 MXN por comprobante no emitido, según el artículo 83 del Código Fiscal de la Federación. Si contratas un préstamo con una fintech o SOFOM y no recibes el CFDI correspondiente, tienes derecho a solicitarlo formalmente y, de no recibirlo, a reportarlo al SAT a través del portal de quejas y denuncias. Consulta las instituciones que ofrecen crédito transparente y con comprobante fiscal en nuestra comparativa actualizada.
Fuente: SAT
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