ASNEF aprueba nuevas normas sobre plazos de permanencia en el fichero de morosos en 2026
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito ha publicado una circular interna que modifica los plazos máximos de inscripción en el fichero de morosos ASNEF. Las nuevas reglas limitan a cuatro años la permanencia de deudas inferiores a 1.000 euros y exigen notificación previa al deudor.
La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) ha aprobado en mayo de 2026 una actualización de sus normas internas de funcionamiento que afecta directamente a los plazos de conservación de datos de impago en su fichero de morosos. El cambio llega como respuesta a las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y a la presión de organizaciones de consumidores que denunciaban periodos excesivamente largos de inscripción para deudas de escasa cuantía.
Principales cambios en los plazos de inscripción
Hasta ahora, la normativa general permitía mantener datos de impago en el fichero durante un máximo de cinco años desde el vencimiento de la deuda. La nueva circular establece una estructura escalonada en función del importe:
- Deudas inferiores a 500 euros: el plazo máximo de inscripción se reduce a dos años desde el vencimiento.
- Deudas entre 500 y 1.000 euros: el plazo queda fijado en cuatro años, frente a los cinco anteriores.
- Deudas superiores a 1.000 euros: se mantiene el plazo de cinco años, aunque con obligación de actualización semestral del estado de la deuda por parte del acreedor.
- Notificación previa: todas las inscripciones deberán comunicarse al afectado con al menos 15 días de antelación, frente a los 10 días que establecía la circular anterior.
Impacto para los consumidores y el acceso al crédito
La reducción de los plazos de permanencia tiene consecuencias directas en la capacidad de los ciudadanos para acceder a financiación. Figurar en un fichero de morosos supone, en la práctica, el rechazo automático de la mayoría de solicitudes de préstamo por parte de entidades reguladas. Con los nuevos plazos, miles de personas que hayan saldado deudas de pequeño importe podrán «limpiar» su historial crediticio antes que con la regulación anterior.
Las organizaciones de consumidores como OCU y FACUA han valorado positivamente la medida, aunque insisten en que el plazo para deudas pequeñas debería reducirse aún más, hasta los 18 meses, para alinearse con las mejores prácticas europeas.
Obligaciones para las entidades financieras
La circular también refuerza las obligaciones de los acreedores que utilizan el fichero. Entre las principales novedades para las entidades prestamistas:
- Obligación de comunicar la cancelación de la deuda al fichero en un plazo máximo de 48 horas desde el pago.
- Verificación anual de que los datos inscritos siguen siendo exactos, pertinentes y actualizados.
- Habilitación de un canal de reclamación gratuito y accesible para los afectados que deseen impugnar su inscripción.
Entrada en vigor y periodo transitorio
Las nuevas normas entraron en vigor el 1 de junio de 2026. Se contempla un periodo transitorio de tres meses para que las entidades adheridas adapten sus sistemas informáticos y procesos internos. A partir del 1 de septiembre de 2026, el incumplimiento podrá ser objeto de sanción por parte de la AEPD y del propio comité de supervisión de ASNEF.
Fuente: ASNEF – Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito
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