Nueva circular del Banco de España regula las comisiones bancarias y refuerza los derechos del consumidor
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
El Banco de España ha aprobado una nueva circular que endurece los requisitos de transparencia en la aplicación de comisiones bancarias, con especial atención a los recargos asociados a los canales digitales y a la protección de los usuarios más vulnerables.
El Banco de España ha dado un paso significativo en la protección del consumidor financiero con la aprobación de una nueva circular que regula en detalle la aplicación, comunicación y justificación de las comisiones bancarias. La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado a finales de junio de 2026, entrará en vigor de forma progresiva durante los próximos seis meses y afectará a todas las entidades de crédito supervisadas en España.
Principales novedades de la circular
La nueva circular introduce cambios sustanciales en tres áreas fundamentales. En primer lugar, establece la obligación de que las entidades informen de forma clara y anticipada sobre cualquier modificación en las comisiones, con un plazo mínimo de dos meses de antelación. Este requisito ya existía parcialmente en la normativa anterior, pero la nueva circular lo amplía y refuerza con mecanismos de verificación más estrictos.
En segundo lugar, la norma aborda específicamente los denominados «recargos por digitalización», una práctica que había generado controversia en los últimos años. Algunas entidades habían comenzado a aplicar comisiones adicionales a los clientes que no utilizaban los canales digitales para realizar sus operaciones, lo que afectaba de manera desproporcionada a personas mayores y a colectivos con menor acceso a la tecnología. La circular prohíbe expresamente este tipo de recargos cuando no exista una alternativa no digital equivalente y gratuita para el cliente.
En tercer lugar, se establece un nuevo catálogo de información precontractual que debe entregarse al cliente antes de la contratación de cualquier producto bancario. Este documento, denominado «Ficha de Comisiones Aplicables», deberá redactarse en lenguaje claro y sencillo, sin tecnicismos innecesarios, y deberá incluir ejemplos concretos de cómo se calcularán las comisiones en distintos escenarios de uso.
Impacto sobre los créditos al consumo y los préstamos personales
Para los usuarios de créditos al consumo y préstamos personales, la circular tiene una relevancia especial. Las comisiones de apertura, de estudio y de amortización anticipada deberán aparecer desglosadas con mayor precisión en los contratos, y las entidades no podrán aplicar comisiones no previstas expresamente en el clausulado inicial. Esto supone una mayor seguridad jurídica para el prestatario, que podrá conocer de antemano el coste total de su operación de crédito.
Además, la norma introduce la obligación de comunicar de forma separada las comisiones vinculadas a seguros o productos adicionales que se comercialicen junto con el crédito. En el pasado, la opacidad en este ámbito había sido fuente de numerosas reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, que registró más de 12.000 quejas relacionadas con comisiones en 2025.
Derechos del consumidor reforzados
La circular también amplía el catálogo de derechos del consumidor en materia de comisiones. Los clientes podrán reclamar la devolución de cualquier comisión que no haya sido previamente informada de acuerdo con los nuevos requisitos formales. Asimismo, se establece un procedimiento simplificado de reclamación interna que las entidades deberán resolver en un plazo máximo de quince días hábiles.
El Banco de España ha destacado que la circular responde tanto a las recomendaciones del Banco Central Europeo en materia de supervisión bancaria como a la necesidad de adaptar la normativa española a la evolución del mercado digital. «El objetivo no es limitar la capacidad de las entidades para fijar sus precios, sino garantizar que el consumidor cuente con la información necesaria para tomar decisiones financieras informadas», señaló el supervisor en la nota de prensa que acompañó la publicación de la norma.
Sanciones y supervisión
El incumplimiento de la circular podrá dar lugar a sanciones administrativas de hasta 500.000 euros para las entidades infractoras, con la posibilidad de sanciones adicionales en casos de reincidencia o cuando el número de consumidores afectados sea especialmente elevado. El Banco de España ha anunciado que reforzará sus mecanismos de supervisión a distancia y presencial para verificar el cumplimiento de la nueva normativa.
Las asociaciones de consumidores han valorado positivamente la aprobación de la circular, aunque han señalado que sería necesario ir más lejos en la regulación de determinadas prácticas, como las comisiones por mantenimiento de cuenta que se aplican a clientes con escasa actividad. Por su parte, la Asociación Española de Banca ha indicado que trabaja para adaptar sus sistemas y procesos a los nuevos requisitos en el plazo establecido.
En definitiva, la nueva circular del Banco de España representa un avance significativo en la protección del consumidor financiero y en la transparencia del mercado bancario español, ámbitos en los que la regulación europea ha venido marcando la pauta en los últimos años.
Fuente: Banco de España
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Preguntas frecuentes sobre finanzas
¿Cómo puedo verificar si una financiera está autorizada por Banco de España?
Banco de España publica en su sitio web oficial la lista de entidades autorizadas. Antes de firmar cualquier contrato de crédito, verifica que el prestamista esté registrado.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con las condiciones de un préstamo aprobado?
Tienes derecho de desistimiento según la normativa de España. Si tienes una reclamación, puedes acudir a Banco de España o al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
¿Los cambios en los tipos de interés de Banco de España me afectan de inmediato?
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