SERNAC alerta sobre prácticas de crédito abusivo en Chile 2026: cómo identificarlas y defenderte
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
El Servicio Nacional del Consumidor de Chile publicó en junio de 2026 una serie de alertas dirigidas a los consumidores sobre prácticas de crédito abusivo detectadas en el mercado. Las alertas describen comportamientos específicos de prestamistas que violan la legislación vigente y brindan orientaciones concretas para que los consumidores identifiquen estas prácticas y ejerzan sus derechos de manera efectiva.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) publicó, en el mes de junio de 2026, una serie de alertas de consumo específicamente relacionadas con prácticas abusivas en el otorgamiento y cobranza de créditos en Chile. Las alertas responden a un incremento del 38% en las reclamaciones relacionadas con créditos recibidas por SERNAC durante el primer semestre del año, y buscan informar a los consumidores sobre sus derechos y los mecanismos disponibles para defenderse.
Qué entiende la ley por crédito abusivo
En Chile, el concepto de crédito abusivo no tiene una definición legal única, pero la legislación de protección al consumidor contempla una serie de prácticas específicas que están expresamente prohibidas. La Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sus modificaciones posteriores establecen un amplio marco de protección que cubre desde las etapas precontractuales de publicidad e información hasta la ejecución del contrato y los procesos de cobranza.
SERNAC define operacionalmente el crédito abusivo como cualquier práctica de un proveedor de crédito que induzca a error al consumidor sobre las condiciones reales del financiamiento, que limite artificialmente su capacidad de comparar alternativas, que aplique costos no informados previamente o que utilice métodos de cobranza que vulneren su dignidad o sus derechos legales.
Principales alertas emitidas por SERNAC en junio de 2026
La primera alerta se refiere a la publicidad de créditos que destaca únicamente el monto de la cuota mensual sin informar la Carga Anual Equivalente (CAE) ni el costo total del crédito. Esta práctica, ampliamente utilizada especialmente en publicidad en redes sociales y aplicaciones de mensajería, dificulta la comparación real entre diferentes ofertas y puede llevar a los consumidores a subestimar significativamente el costo del financiamiento que están contratando.
La segunda alerta apunta a los contratos que incluyen seguros, garantías o servicios adicionales como condición obligatoria para acceder al crédito, sin informar claramente al consumidor que estos servicios son opcionales o presentando su contratación como si fuera un requisito legal. SERNAC recuerda que los proveedores de crédito no pueden condicionar el otorgamiento de un crédito a la contratación de productos o servicios accesorios.
La tercera alerta alerta sobre la aplicación de comisiones por prepago que exceden los límites establecidos por ley. La Ley N.º 18.010 permite al deudor prepagar en cualquier momento con una comisión máxima del 1% del saldo prepagado si el plazo restante supera un año, o del 0,5% si es inferior. SERNAC ha detectado casos en que algunos prestamistas aplican comisiones superiores o redefinen estas comisiones bajo denominaciones diferentes para eludir la limitación legal.
Prácticas de cobranza abusiva
Un capítulo relevante de las alertas de SERNAC se refiere a las prácticas de cobranza abusiva, que representan el 43% de las reclamaciones recibidas en el período. Entre las prácticas más frecuentemente denunciadas se encuentran: el contacto reiterado con el deudor y sus familiares o contactos de la agenda telefónica, las comunicaciones en horario nocturno o de madrugada, el uso de lenguaje amenazante o intimidatorio, la difusión de información sobre la deuda a terceros no autorizados y la presentación distorsionada de las consecuencias legales del impago.
SERNAC recuerda que la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores prohíbe expresamente las prácticas de cobranza abusiva y establece sanciones para los infractores. El organismo puede iniciar procedimientos de interés colectivo o difuso en representación de grupos de consumidores afectados por estas prácticas.
Cómo ejercer tus derechos si enfrentas un crédito abusivo
Si identificas alguna de las prácticas descritas en las alertas de SERNAC, el primer paso es documentar la situación: guarda todos los mensajes, contratos, comprobantes de pago y cualquier comunicación del prestamista. Luego, puedes presentar una reclamación directamente al proveedor, quien está obligado a responderte en el plazo establecido por ley.
Si la respuesta del proveedor es insatisfactoria o si no obtienes respuesta en el plazo legal, puedes acudir a SERNAC para que medie en el conflicto. Alternativamente, puedes presentar una denuncia formal que SERNAC puede derivar al Tribunal competente si la infracción lo justifica. En casos de cobranza abusiva que puedan constituir delito, también puedes acudir a la Fiscalía.
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Fuente: SERNAC
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Preguntas frecuentes sobre finanzas
¿Cómo puedo verificar si una financiera está autorizada por CMF?
CMF publica en su sitio web oficial la lista de entidades autorizadas. Antes de firmar cualquier contrato de crédito, verifica que el prestamista esté registrado.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con las condiciones de un préstamo aprobado?
Tienes derecho de desistimiento según la normativa de Chile. Si tienes una reclamación, puedes acudir a CMF o al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
¿Los cambios en los tipos de interés de CMF me afectan de inmediato?
Depende del tipo de préstamo. Los préstamos a tipo variable referenciados al Euríbor u otros índices se actualizan según lo establecido en el contrato. Los de tipo fijo no se modifican.
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