Tasa de usura Colombia Q3 2026: Superfinanciera certifica 35.28% EA para crédito de consumo y ordinario
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó la tasa de interés bancario corriente para crédito de consumo y ordinario en 23.52 % efectivo anual para el tercer trimestre de 2026, lo que fija la tasa de usura —equivalente a una y media veces la tasa corriente— en 35.28 % efectivo anual. Para el microcrédito, la tasa máxima permitida permanece en 53.07 % EA según la certificación especial de la cartera microcrediticia, mientras que para el crédito de consumo de bajo monto se aplica un techo diferencial de 47.12 % EA.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió el 27 de junio de 2026 la certificación de la tasa de interés bancario corriente correspondiente al tercer trimestre de 2026 —julio, agosto y septiembre—, fijando la tasa de usura en 35.28 % efectivo anual (EA) para las modalidades de crédito de consumo y crédito ordinario. Esta cifra resulta de multiplicar por 1.5 la tasa bancaria corriente certificada en 23.52 % EA, calculada con base en el promedio ponderado de las tasas activas reportadas por los establecimientos de crédito vigilados durante el segundo trimestre de 2026.
La certificación representa un incremento de 47 puntos básicos respecto a la tasa de usura del segundo trimestre de 2026, que se había situado en 34.81 % EA. El aumento refleja la leve presión al alza que han experimentado las tasas activas del sistema financiero colombiano en el período reciente, en un contexto en que el Banco de la República ha pausado su ciclo de recortes de la tasa de política monetaria —actualmente en 9.75 %— ante la persistencia de una inflación que, aunque descendente, cerró mayo de 2026 en el 5.1 % anual, aún por encima del rango meta del 2-4 %.
Para el segmento de microcrédito —definido como el crédito otorgado a microempresarios con activos inferiores a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes—, la SFC certifica una tasa máxima de 53.07 % EA, que incluye una comisión especial de microcrédito autorizada de hasta el 7.5 % sobre el valor del desembolso. Esta modalidad, supervisada por la SFC pero también operada por entidades no vigiladas como cooperativas y ONG de microfinanzas, es la principal fuente de crédito formal para aproximadamente 3.2 millones de microempresarios colombianos, según datos de ASOMICROFINANZAS.
La modalidad de crédito de consumo de bajo monto —introducida por el Decreto 1051 de 2021 para facilitar la inclusión financiera de personas sin historial crediticio formal— tiene un techo diferencial de 47.12 % EA para el Q3 2026. Los productos bajo esta modalidad permiten préstamos de hasta 2 salarios mínimos (equivalentes a aproximadamente 2,900,000 pesos colombianos en 2026) con plazos máximos de 36 meses, y han sido adoptados principalmente por entidades como Bancamía, Confiar Cooperativa Financiera y varias fintechs autorizadas como Lulo Bank y Juancho Te Presta.
Los operadores del sector expresaron opiniones divididas sobre la certificación. Las entidades especializadas en microcrédito, agrupadas en ASOMICROFINANZAS, advirtieron que la tasa máxima del 53.07 % EA apenas cubre los costos operativos de atender clientes en zonas rurales y alejadas, donde el costo por transacción puede ser hasta cinco veces superior al de las ciudades principales. En contraste, las organizaciones de defensa del consumidor financiero, como la Federación Nacional de Cooperativas Financieras (CONFECOOP), consideraron que la tasa sigue siendo excesivamente alta para deudores de bajos ingresos.
La SFC reitera que cobrar intereses superiores a la tasa de usura certificada constituye el delito tipificado en el artículo 305 del Código Penal colombiano, sancionable con pena de prisión de dos a cinco años. Los consumidores que sospechen estar pagando tasas por encima del límite legal pueden interponer una queja en la SFC a través del portal www.superfinanciera.gov.co o llamando a la línea gratuita nacional.
Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia
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