CMF Chile establece nuevas normas para créditos rápidos en el segundo semestre de 2026
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
La Comisión para el Mercado Financiero de Chile publicó una circular normativa que establece nuevas reglas para el otorgamiento de créditos rápidos durante el segundo semestre de 2026. Las medidas apuntan a mejorar la transparencia del costo del crédito, limitar las prácticas de cobranza abusiva y fortalecer los estándares de evaluación de la capacidad de pago de los solicitantes.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de Chile emitió, a mediados de junio de 2026, una circular normativa que introduce modificaciones importantes al marco regulatorio aplicable a los proveedores de créditos rápidos que operan en el país. Las nuevas normas entran en vigor de manera escalonada durante el segundo semestre del año y se aplican tanto a bancos como a instituciones financieras no bancarias (IFNB) y plataformas digitales de crédito.
Contexto regulatorio: por qué actúa la CMF en este segmento
El mercado de créditos rápidos en Chile ha experimentado un crecimiento notable en los últimos años, impulsado por la proliferación de plataformas digitales que permiten obtener financiamiento en minutos mediante procesos 100% online. Si bien esta dinámica ha ampliado el acceso al crédito para segmentos de la población históricamente subatendidos por la banca tradicional, también ha generado preocupaciones regulatorias en torno a la transparencia del costo del crédito, las prácticas de otorgamiento y los mecanismos de cobranza.
La CMF identificó, a través de su función supervisora, que una fracción relevante de los créditos rápidos otorgados en Chile durante 2025 presentaba irregularidades en la presentación de la Carga Anual Equivalente (CAE), lo que dificultaba a los consumidores comparar el costo real de diferentes alternativas de financiamiento. Esta situación motivó la elaboración del nuevo paquete normativo.
Nuevas obligaciones de transparencia en la presentación del costo del crédito
La circular de la CMF establece que, a partir del 1 de agosto de 2026, todos los proveedores de créditos rápidos deberán presentar la CAE como el indicador de costo principal y más prominente en todos sus canales de comunicación con los clientes, incluyendo sitios web, aplicaciones móviles, publicidad en redes sociales y materiales impresos. Queda expresamente prohibida la presentación de tasas de interés diarias o semanales como indicadores principales sin la correspondiente equivalencia anual.
Adicionalmente, se exige que cada oferta de crédito incluya un simulador interactivo que permita al solicitante calcular el costo total del crédito —incluyendo todos los cargos y comisiones— para diferentes montos y plazos. Este simulador debe ser de acceso libre y gratuito, y sus resultados deben ser fácilmente comparables entre diferentes proveedores.
Estándares de evaluación de la capacidad de pago
La nueva normativa introduce requisitos más exigentes para la evaluación de la capacidad de pago de los solicitantes de créditos rápidos. Los proveedores deberán implementar modelos de evaluación que consideren no solo el historial crediticio del solicitante, sino también sus ingresos verificables y el nivel de endeudamiento total, incluyendo las obligaciones vigentes con otros acreedores.
La CMF establece que ningún proveedor podrá otorgar un crédito rápido cuando la relación entre las cuotas totales mensuales del solicitante y sus ingresos mensuales netos supere el 50%, salvo en casos excepcionales debidamente documentados y aprobados por instancias superiores dentro de la organización del prestador. Esta medida busca prevenir la sobredeuda en consumidores con capacidad de pago limitada.
Nuevas restricciones a las prácticas de cobranza
El capítulo de cobranza del nuevo marco normativo introduce restricciones significativas a las prácticas que pueden emplear los proveedores de créditos rápidos para recuperar deudas impagas. Queda prohibido el contacto con deudores en horario nocturno (entre las 22:00 y las 08:00 horas), el contacto con terceros que no sean codeudores o garantes y cualquier comunicación que pueda interpretarse como amenazante o intimidatoria.
Asimismo, se limita el número máximo de intentos de contacto por día y semana, y se establece la obligación de identificarse claramente como gestor de cobranza actuando en nombre del acreedor original, sin ocultar la identidad de la entidad que otorgó el crédito.
Plazos de implementación y supervisión
La CMF establece un período de adaptación de 60 días para que los proveedores implementen los nuevos estándares de transparencia y un plazo de 120 días para adecuar los sistemas de evaluación de capacidad de pago y los protocolos de cobranza. Durante este período, la CMF realizará visitas de supervisión para verificar el avance en la implementación y podrá aplicar sanciones a las entidades que no demuestren avances concretos.
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Fuente: CMF Chile
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Preguntas frecuentes sobre finanzas
¿Cómo puedo verificar si una financiera está autorizada por CMF?
CMF publica en su sitio web oficial la lista de entidades autorizadas. Antes de firmar cualquier contrato de crédito, verifica que el prestamista esté registrado.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con las condiciones de un préstamo aprobado?
Tienes derecho de desistimiento según la normativa de Chile. Si tienes una reclamación, puedes acudir a CMF o al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
¿Los cambios en los tipos de interés de CMF me afectan de inmediato?
Depende del tipo de préstamo. Los préstamos a tipo variable referenciados al Euríbor u otros índices se actualizan según lo establecido en el contrato. Los de tipo fijo no se modifican.
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