SERNAC Refuerza la Fiscalización sobre Comisiones Cobradas en Renegociaciones de Deuda
Equipo Editorial CréditoLab
Especialistas en finanzas personales y crédito al consumo en mercados hispanohablantes.
El SERNAC ha aumentado la fiscalización sobre las comisiones que algunas instituciones cobran al renegociar deudas de consumo, un punto que suele pasar inadvertido para los consumidores frente a la urgencia de aliviar la cuota mensual.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha intensificado en el último tiempo la fiscalización sobre un aspecto de las renegociaciones de deuda que suele pasar inadvertido para los consumidores: las comisiones adicionales que algunas instituciones cobran específicamente por el proceso de renegociar o repactar un crédito de consumo, más allá de las condiciones del crédito original. Esta mayor fiscalización se enmarca en un contexto de alto volumen de repactaciones tras periodos de sobreendeudamiento en distintos segmentos de consumidores chilenos.
El punto de atención del organismo es que, ante la urgencia de reducir una cuota que se ha vuelto impagable, muchos consumidores aceptan una renegociación sin revisar en detalle si la nueva estructura incluye cargos adicionales que encarecen el costo total de la deuda, aun cuando la cuota mensual se sienta más manejable en el corto plazo.
Conforme a la Ley 20.555 (Ley del SERNAC Financiero), toda institución que ofrece renegociar un crédito de consumo debe informar de manera clara y por escrito el Costo Anual Equivalente (CAE) de la nueva estructura, así como cualquier comisión asociada específicamente al proceso de renegociación. El SERNAC ha reiterado que la sola reducción de la cuota mensual no es, por sí sola, evidencia de que la renegociación sea favorable para el consumidor: si el plazo se extiende considerablemente o se agregan comisiones no bien informadas, el costo total en pesos puede terminar siendo más alto que el de la deuda original.
Entre las prácticas que el organismo ha identificado como motivo de reclamos frecuentes están: la falta de claridad sobre si los intereses ya vencidos se capitalizan dentro de la nueva deuda (generando intereses sobre intereses), la no entrega oportuna del detalle comparativo entre la estructura antigua y la nueva, y comisiones de renegociación que no fueron mencionadas durante la conversación telefónica o presencial previa a la firma.
Para los consumidores que están evaluando renegociar una deuda, el SERNAC recomienda solicitar siempre por escrito el detalle completo de la nueva estructura antes de firmar, comparar el CAE de la propuesta con el de la deuda vigente, y presentar un reclamo formal ante la propia institución en primera instancia si detectan cobros no informados, escalando después al SERNAC si no obtienen una respuesta satisfactoria. Revisa el detalle de tus derechos en una renegociación en nuestra sección de guías para Chile.
El organismo también recuerda que cualquier consumidor puede solicitar una copia del contrato de renegociación antes de firmarlo, sin presión de tiempo, para revisarlo con calma o consultarlo con un tercero de confianza antes de comprometerse formalmente con la nueva estructura de pago.
Fuente: SERNAC - Servicio Nacional del Consumidor
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