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Calculadora de Prima de Vacaciones — Colombia 2026 (Sector Público)

La prima de vacaciones en Colombia es una prestación social exclusiva de los empleados públicos y trabajadores oficiales, regulada por el Decreto 1045 de 1978 (artículos 5 y 25): equivale a 15 días de salario por cada año de servicio y se paga dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha en que el empleado inicia su periodo de vacaciones. Es importante no confundirla con la prima de servicios, que es una prestación distinta y de aplicación general para todos los trabajadores del sector privado, pagada semestralmente. La prima de vacaciones, en cambio, solo aplica al sector público y se paga una vez al año, ligada al momento en que el empleado efectivamente toma su descanso. La base de liquidación incluye la asignación básica mensual del cargo y otros factores salariales establecidos por el Decreto-Ley 1042 de 1978 (incrementos de remuneración, prima técnica, entre otros, según aplique). Si el servidor público se retira antes de cumplir el año de servicio, tiene derecho a que la prima se le reconozca de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Esta calculadora te permite estimar tu prima de vacaciones a partir de tu asignación básica mensual y los meses de servicio en el periodo que causa la prestación.

Datos de tu prima de vacaciones

Solo aplica al sector público: la prima de vacaciones (Decreto 1045 de 1978) es una prestación exclusiva de empleados públicos y trabajadores oficiales en Colombia. Los trabajadores del sector privado no la reciben — en su lugar tienen derecho a la prima de servicios, que puedes calcular en nuestra calculadora de prima de servicios.

Incluye asignación básica, incrementos, prima técnica y otros factores salariales establecidos por el Decreto-Ley 1042 de 1978, si aplican a tu cargo.

Si cumpliste el año completo de servicio, deja 12. Si te retiras antes, la prima se reconoce proporcionalmente al tiempo trabajado.

Prima de vacaciones estimada

Completa los datos y pulsa calcular.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene derecho a la prima de vacaciones en Colombia?

Solo los empleados públicos y trabajadores oficiales de la Rama Ejecutiva y entidades similares, según el Decreto 1045 de 1978. Los trabajadores del sector privado no reciben esta prestación específica.

¿Cuál es la diferencia entre prima de vacaciones y prima de servicios?

Son prestaciones distintas: la prima de vacaciones (solo sector público) equivale a 15 días de salario por año de servicio y se paga antes de iniciar las vacaciones. La prima de servicios (todos los trabajadores, público y privado) equivale aproximadamente a un mes de salario adicional al año, pagado en dos cuotas semestrales.

¿Cómo se calcula la prima de vacaciones?

Equivale a 15 días de salario (medio salario mensual) por cada año completo de servicio, calculada proporcionalmente si no se cumplió el año completo. La base incluye la asignación básica mensual y otros factores salariales del cargo, según el Decreto-Ley 1042 de 1978.

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