Calculadora de Prima de Vacaciones — Colombia 2026 (Sector Público)
Incluye asignación básica, incrementos, prima técnica y otros factores salariales establecidos por el Decreto-Ley 1042 de 1978, si aplican a tu cargo.
Si cumpliste el año completo de servicio, deja 12. Si te retiras antes, la prima se reconoce proporcionalmente al tiempo trabajado.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene derecho a la prima de vacaciones en Colombia?
Solo los empleados públicos y trabajadores oficiales de la Rama Ejecutiva y entidades similares, según el Decreto 1045 de 1978. Los trabajadores del sector privado no reciben esta prestación específica.
¿Cuál es la diferencia entre prima de vacaciones y prima de servicios?
Son prestaciones distintas: la prima de vacaciones (solo sector público) equivale a 15 días de salario por año de servicio y se paga antes de iniciar las vacaciones. La prima de servicios (todos los trabajadores, público y privado) equivale aproximadamente a un mes de salario adicional al año, pagado en dos cuotas semestrales.
¿Cómo se calcula la prima de vacaciones?
Equivale a 15 días de salario (medio salario mensual) por cada año completo de servicio, calculada proporcionalmente si no se cumplió el año completo. La base incluye la asignación básica mensual y otros factores salariales del cargo, según el Decreto-Ley 1042 de 1978.