Comisión de apertura
Definición
Comisión de apertura: Cargo único por formalizar el préstamo, normalmente 0–4% del importe.La comisión de apertura es un cargo único que cobra el prestamista por formalizar el contrato. Se aplica al inicio y normalmente se descuenta del importe entregado (ej. solicitas 1.000€, recibes 980€ si la comisión es 2%).
Rangos típicos:
- Préstamos personales bancarios: 0–4%
- Microcréditos online: 0–10% (algunos hasta 15%)
- Hipotecas: 0–1% (limitado por ley)
La comisión está incluida en la TAE — por eso la TAE siempre es mayor que el TIN. Mira la TAE total, no sólo el TIN.
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Ver también
Preguntas frecuentes sobre Comisión de apertura
¿Qué significa "Comisión de apertura" en el contexto de los préstamos en España?
El término "Comisión de apertura" se utiliza en el sector financiero de España con el significado explicado arriba. La normativa de Banco de España lo regula específicamente para el mercado local.
"Comisión de apertura" aparece en mi contrato de préstamo. ¿Qué debo saber?
Si encuentras el término "Comisión de apertura" en tu contrato, lee detenidamente las cláusulas asociadas. Tienes derecho a pedir a la financiera una explicación clara antes de firmar.
¿Cómo afecta "Comisión de apertura" al coste total del préstamo?
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