Qué Hacer si No Puedes Pagar tu Préstamo: Pasos Prácticos
En este artículo aprenderás:
- ✓Paso 0 (preventivo): contacta ANTES del vencimiento
- ✓Día 1-7 tras vencimiento: contacta inmediatamente
- ✓Día 15-30: negocia un plan de pagos
- ✓Día 30-90: gestión de cobranza
- ✓Día 90+: vía judicial
- ✓Si tienes múltiples préstamos impagables
Paso 0 (preventivo): contacta ANTES del vencimiento
Si sabes con 24h+ de antelación que no podrás pagar, contacta al prestamista antes del vencimiento. Tendrás 2 opciones:
- Prórroga: extender el plazo 7–30 días pagando una comisión (típicamente 5–15% del importe).
- Refinanciación: transformar el préstamo corto en uno a plazos mensuales.
Ambas opciones son MUCHO más baratas que dejar caer en mora.
Día 1-7 tras vencimiento: contacta inmediatamente
Si ya pasaron 1-7 días, contacta hoy mismo. El prestamista normalmente acepta prórroga retroactiva (con comisión adicional). Después de 7-15 días, las opciones se reducen.
Importante: los intereses de demora se acumulan diariamente. Cada día que pasa, la deuda crece.
Día 15-30: negocia un plan de pagos
A partir de la 2ª semana, los prestamistas suelen ofrecer un plan de pagos en cuotas (3-6 meses) para evitar el reporte a ASNEF. Aceptar es razonable si:
- Cubres el principal sin la deuda explotando
- Evitas inclusión en ASNEF (preserva tu historial)
- Te ayudan a estructurar pagos mensuales asumibles
Negocia: la primera oferta del prestamista rara vez es la mejor. Pide reducción de intereses de mora a cambio de pago garantizado.
Día 30-90: gestión de cobranza
Tras 30 días sin pago ni acuerdo, el prestamista normalmente:
- Te incluye en ASNEF (notificación previa por escrito obligatoria)
- Cede la deuda a una empresa de cobranza (debt collector)
- Las empresas de cobranza tienen poderes limitados: NO pueden embargar bienes sin orden judicial. SÍ pueden llamarte, escribirte y reportarte a ficheros.
Si te contacta una empresa de cobranza: pide siempre justificación documental de la deuda. Tienes derecho a verificar que la deuda es legítima.
Día 90+: vía judicial
Si la deuda es significativa (>1.000€), el prestamista puede iniciar procedimiento monitorio en el juzgado. Recibirás una notificación judicial. Tienes 20 días para responder:
- Pagar la deuda: se cierra el caso.
- Oponerte (si crees que la deuda es errónea): el caso pasa a juicio ordinario.
- Ignorar: el juez dicta auto de embargo. PEOR opción — pierdes el derecho a oponerte después.
Si llegaste a este punto y la deuda es real, consulta con un abogado.
Si tienes múltiples préstamos impagables
Cuando la suma de tus deudas supera lo que puedes pagar nunca, considera la Ley de Segunda Oportunidad:
- Permite cancelar deudas inasumibles tras un proceso judicial
- Requiere demostrar insolvencia real y buena fe
- Conserva ingresos básicos para vida digna
Consulta gratis: asociaciones de consumidores (OCU, FACUA) o abogados especializados (primera consulta suele ser gratis).
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