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CréditoLab

Derechos del Consumidor Financiero en Chile 2026: CMF, SERNAC y Cómo Ejercerlos

Actualizado el 2026-06-16·Por Equipo editorial de CréditoLab·~10 min lectura

En este artículo aprenderás:

  • La CAE: tu derecho a conocer el costo real del crédito
  • Cómo usar la CAE para comparar créditos y simular tu cuota
  • Derecho al prepago: condiciones y límites de penalidades
  • Cómo ejercer el prepago: procedimiento y opciones de reducción
  • Protección frente a cobranza abusiva: qué está prohibido
  • Novedades 2023-2026: Ley Fintech y nuevos derechos del consumidor digital

La CAE: tu derecho a conocer el costo real del crédito

Cómo usar la CAE para comparar créditos y simular tu cuota

Derecho al prepago: condiciones y límites de penalidades

Cómo ejercer el prepago: procedimiento y opciones de reducción

Protección frente a cobranza abusiva: qué está prohibido

Novedades 2023-2026: Ley Fintech y nuevos derechos del consumidor digital

Nuevas obligaciones de transparencia y crédito digital bajo la Ley Fintech

Cómo presentar un reclamo ante SERNAC: proceso y plazos

Reclamo ante la CMF y vías judiciales cuando el reclamo administrativo no resuelve

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la CAE y en qué se diferencia de la tasa de interés?

La Carga Anual Equivalente (CAE) es el indicador del costo total del crédito expresado como porcentaje anual, incluyendo la tasa de interés, comisiones, seguros obligatorios y otros cargos. La tasa de interés solo refleja el costo de usar el capital prestado. Dos créditos con la misma tasa de interés pueden tener CAE diferentes si uno cobra más comisiones. Siempre compara por CAE, no por tasa nominal.

¿Puedo prepagar mi crédito si el contrato dice que está prohibido?

Sí. El derecho al prepago está garantizado por la Ley N° 18.010 y no puede ser eliminado por contrato. Cualquier cláusula que prohíba el prepago es nula de pleno derecho. El prestamista solo puede cobrar una comisión equivalente a un mes de intereses sobre el capital prepagado (para créditos a tasa fija), y nada si el crédito es a tasa variable.

¿A qué hora pueden llamarme los cobradores?

Solo entre las 8:00 y las 20:00 horas en días hábiles. El contacto fuera de ese horario está expresamente prohibido por el artículo 37 de la Ley N° 19.496 de Protección al Consumidor. Si recibes llamadas de cobranza fuera de esos horarios, documéntalo y presenta una denuncia ante SERNAC.

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