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Portabilidad financiera en Chile: cómo mover tu crédito a otro banco (Ley 21.236)

Actualizado el 2026-06-16·Por Equipo editorial de CréditoLab·~8 min lectura

En este artículo aprenderás:

  • Qué es la portabilidad financiera y cómo funciona la Ley 21.236
  • Plazos CMF: 3 días para la oferta, 10 días para la ejecución
  • Cómo comparar el CAE: tu crédito actual versus la nueva oferta
  • Costos que deben ser cubiertos y lo que no puedes pagar
  • Pasos prácticos para ejercer tu derecho a la portabilidad

Qué es la portabilidad financiera y cómo funciona la Ley 21.236

Plazos CMF: 3 días para la oferta, 10 días para la ejecución

Cómo comparar el CAE: tu crédito actual versus la nueva oferta

Costos que deben ser cubiertos y lo que no puedes pagar

Pasos prácticos para ejercer tu derecho a la portabilidad

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la portabilidad financiera y a qué créditos aplica en Chile?

La portabilidad financiera, regulada por la Ley 21.236, es el derecho a trasladar tu crédito hipotecario o de consumo de una institución financiera a otra que ofrezca mejores condiciones, sin liquidar previamente la deuda. El nuevo acreedor paga al anterior y el consumidor pasa a deber en los nuevos términos. Aplica a bancos, cooperativas de ahorro y crédito supervisadas por la CMF y cajas de compensación.

¿Cuánto tiempo demora el proceso de portabilidad financiera en Chile?

La institución de destino tiene 3 días hábiles para emitir la Propuesta de Portabilidad y 10 días hábiles para ejecutar el traspaso una vez que el consumidor la acepta formalmente. Para créditos hipotecarios, los trámites notariales y del Conservador de Bienes Raíces pueden extender el plazo total. En créditos de consumo, el proceso completo suele tomar dos a tres semanas.

¿Debo pagar algo por ejercer mi derecho a la portabilidad financiera?

El proceso de portabilidad en sí no debe generar costos directos al consumidor. El acreedor actual no puede cobrar por emitir el Certificado de Liquidación Anticipada y los costos operacionales del traspaso son responsabilidad de la institución de destino. En portabilidad hipotecaria pueden existir gastos notariales y del Conservador de Bienes Raíces; verifica en la Propuesta de Portabilidad cómo se distribuyen estos costos.

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