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CréditoLab

Comisión de apertura en España

Definición

Comisión de apertura en España: La comisión de apertura es un cargo único que cobra el prestamista por estudiar, tramitar y formalizar un préstamo o crédito. Se expresa como porcentaje del importe concedido y se descuenta normalmente del capital entregado. En España debe estar incluida en el cálculo de la TAE conforme a la Ley 16/2011 de crédito al consumo, y en hipotecas se rige por la Ley 5/2019, que la unifica como única comisión de apertura permitida.

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Preguntas frecuentes sobre Comisión de apertura en España

¿Qué significa "Comisión de apertura en España" en el contexto de los préstamos en España?

El término "Comisión de apertura en España" se utiliza en el sector financiero de España con el significado explicado arriba. La normativa de Banco de España lo regula específicamente para el mercado local.

"Comisión de apertura en España" aparece en mi contrato de préstamo. ¿Qué debo saber?

Si encuentras el término "Comisión de apertura en España" en tu contrato, lee detenidamente las cláusulas asociadas. Tienes derecho a pedir a la financiera una explicación clara antes de firmar.

¿Cómo afecta "Comisión de apertura en España" al coste total del préstamo?

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