Deuda en Mora
Definición
Deuda en Mora: Obligación de pago vencida que no ha sido cancelada en la fecha acordada, generando intereses penales.En Chile, una deuda entra en mora desde el día siguiente al vencimiento pactado para el pago, sin necesidad de notificación previa por parte del acreedor. Esta regla general se desprende del Código Civil chileno, artículo 1551, que establece la mora del deudor desde el momento en que incumple la obligación en el plazo estipulado. La CMF (Comisión para el Mercado Financiero) regula la forma en que las instituciones financieras deben informar y cobrar los intereses derivados de la mora.
La tasa de interés penal —o interés moratorio— que aplican los bancos y entidades financieras en Chile no puede exceder la Tasa Máxima Convencional (TMC), que fija la CMF mensualmente. La TMC es la tasa convencional más un recargo porcentual establecido por ley; cualquier interés penal que supere este límite es nulo de pleno derecho. Esto aplica igualmente a los créditos otorgados bajo el CAE (Costo Anual Equivalente) por entidades reguladas.
La deuda en mora puede aparecer en DICOM (Equifax Chile), el principal buró de crédito del país, típicamente cuando el impago supera los 30 días, aunque el plazo exacto varía según la política de cada acreedor. El registro en DICOM permanece por 3 años para la mayoría de las deudas vencidas; las deudas pagadas pueden permanecer hasta 7 años en ciertos casos. Una vez que la deuda es pagada, el acreedor tiene plazo para actualizar el registro en DICOM.
El deudor en mora tiene varias alternativas: (1) negociar directamente con el acreedor (descuentos del 30-50% en casos de regularización amiable son habituales en el mercado chileno); (2) acogerse al procedimiento de la Ley 20.720 (Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas) para personas naturales con múltiples deudas, accediendo al procedimiento de renegociación supervisado por la Superintendencia de Insolvencia; (3) solicitar mediación ante SERNAC (sernac.cl) si el acreedor aplica prácticas de cobranza abusivas; (4) esperar la prescripción de la deuda: el Código Civil chileno establece en su artículo 2515 una prescripción ordinaria de 5 años para la mayoría de las obligaciones civiles.
La prescripción extingue la acción de cobro judicial, no la deuda moral ni el registro en DICOM (que se rige por sus propios plazos). Para verificar tu situación actual, consulta tu informe en equifax.cl y compara opciones de regularización en nuestra sección de créditos en Chile.
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Términos relacionados
Ver también
Preguntas frecuentes sobre Deuda en Mora
¿Qué significa "Deuda en Mora" en el contexto de los préstamos en Chile?
El término "Deuda en Mora" se utiliza en el sector financiero de Chile con el significado explicado arriba. La normativa de Banco de España lo regula específicamente para el mercado local.
"Deuda en Mora" aparece en mi contrato de préstamo. ¿Qué debo saber?
Si encuentras el término "Deuda en Mora" en tu contrato, lee detenidamente las cláusulas asociadas. Tienes derecho a pedir a la financiera una explicación clara antes de firmar.
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