Préstamos para Pagar el ITP en la Compra de Vivienda de Segunda Mano en España
Comprar una vivienda de segunda mano en España implica asumir un gasto fiscal que muchos compradores subestiman hasta que llega el momento de firmar ante notario: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). A diferencia del IVA que grava la compra de obra nueva, el ITP es competencia de cada Comunidad Autónoma y sus tipos oscilan entre el 6% y el 11% del precio escriturado, lo que en una vivienda de 200.000 euros puede suponer entre 12.000 y 22.000 euros que deben pagarse en efectivo en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la firma.
El problema es que la mayoría de los compradores llegan al cierre de la operación con los ahorros prácticamente agotados tras haber aportado la señal, la parte no financiada por la hipoteca (habitualmente el 20% del precio) y los gastos de notaría, registro e hipoteca. En ese momento, tener que afrontar un pago adicional del 6% al 10% del valor del inmueble sin liquidez disponible puede poner en serio riesgo la operación o generar urgentes necesidades de financiación a corto plazo.
Existen varias fórmulas para financiar el ITP cuando no se dispone de efectivo suficiente: el préstamo personal sin garantía hipotecaria, la ampliación de la hipoteca principal, el crédito puente y, en algunos casos, la negociación de un aplazamiento con la administración autonómica. Cada opción tiene ventajas, costes y plazos distintos que conviene analizar con detalle antes de decidir. En nuestro comparador de préstamos personales puedes encontrar las mejores ofertas actuales para financiar este tipo de gasto.
Esta guía analiza los tipos del ITP vigentes en las principales comunidades autónomas, explica las opciones de financiación disponibles con sus costes reales y te ayuda a calcular cuánto necesitas pedir prestado y en qué condiciones para que el pago del impuesto no comprometa tu economía familiar durante los meses posteriores a la compra.
Tipos del ITP por Comunidad Autónoma: cuánto debes provisionar
El ITP es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, que pueden fijar su propio tipo dentro de los límites que establece la normativa estatal. Esto genera diferencias significativas entre territorios que el comprador debe conocer antes de calcular el coste total de la operación:
- Andalucía: tipo general del 7% desde 2021, con reducciones al 3,5% para menores de 35 años, familias numerosas y discapacitados que compren su vivienda habitual por debajo de determinados umbrales de precio.
- Cataluña: tipo general del 10%, uno de los más elevados de España; existe un tipo reducido del 5% para viviendas de precio máximo 190.000 euros destinadas a residencia habitual de compradores menores de 32 años o con discapacidad.
- Madrid: tipo del 6%, el más bajo entre las grandes comunidades; no aplica reducciones adicionales sobre el tipo general para vivienda habitual, pero el tipo ya es competitivo de partida.
- Comunidad Valenciana: tipo general del 10%; reducción al 8% para viviendas hasta 150.000 euros como residencia habitual, y al 4% para jóvenes menores de 35 años en viviendas hasta 180.000 euros.
- Galicia: tipo general del 9%; tipo reducido del 8% para viviendas de hasta 150.000 euros como residencia habitual.
- Aragón: tipo general del 8%; tipo reducido del 5% para jóvenes menores de 35 años en su primera vivienda habitual.
- País Vasco y Navarra: tienen regímenes fiscales propios (concierto/convenio económico) con tipos y condiciones específicas que difieren del régimen común.
Para calcular exactamente cuánto ITP pagarás, multiplica el precio de escritura por el tipo aplicable en tu comunidad (y verifica si cumples condiciones para el tipo reducido). Ese importe debe estar disponible en los 30 días hábiles posteriores a la firma notarial; si no lo tienes en efectivo, debes tener ya cerrada la financiación antes de cerrar la operación inmobiliaria.
Opciones para financiar el ITP: préstamo personal, ampliación hipotecaria y crédito puente
Cuando los ahorros disponibles no alcanzan para cubrir el ITP, las alternativas de financiación son distintas en coste, velocidad y requisitos:
- Préstamo personal sin garantía: es la opción más rápida y flexible. Los plazos de concesión van de 24 a 72 horas en bancos online y fintech; los importes habituales del ITP (entre 8.000 y 25.000 euros) están dentro del rango estándar de estos productos. El TAE puede situarse entre el 6% y el 18% según perfil de riesgo y entidad. El inconveniente es que el coste financiero es superior al de un préstamo hipotecario, pero para importes relativamente pequeños y plazos de 24 a 48 meses el coste total en euros puede ser asumible. Consulta nuestro comparador para ver ofertas actualizadas.
- Ampliación de la hipoteca: si el banco que financia la compra está dispuesto, puede ampliar el importe de la hipoteca para cubrir también los impuestos. Esto requiere una nueva tasación (o validar la existente) y que el banco considere que el nuevo importe conjunto no supera su política de loan-to-value (generalmente 80% del valor de tasación). El tipo de interés es el de la hipoteca (habitualmente inferior al de un préstamo personal), pero el proceso lleva más tiempo y genera gastos adicionales de constitución o ampliación.
- Crédito puente: producto específico para compradores que están vendiendo simultáneamente otra propiedad y esperan disponer de liquidez en un plazo determinado. El crédito puente cubre el ITP (y otros gastos) hasta que se materializa la venta del inmueble anterior. El coste es mayor que un préstamo convencional pero la solución es temporal (6 a 24 meses). Solo recomendable si tienes certeza razonable de que la venta del inmueble anterior se cerrará en el plazo previsto.
- Aplazamiento con la Agencia Tributaria autonómica: algunas comunidades autónomas permiten solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del ITP por causas justificadas de insuficiencia temporal de liquidez. Los plazos concedidos suelen ser cortos (3 a 6 meses) y conllevan intereses de demora, pero pueden dar margen si el problema de liquidez es realmente transitorio. Consulta directamente con la consejería de hacienda de tu comunidad si esta opción está disponible.
Cómo calcular cuánto pedir y en qué plazo: ejemplos prácticos
Para determinar la mejor estrategia de financiación del ITP, parte de los siguientes datos: el importe del impuesto a pagar, tu capacidad de pago mensual tras la compra (con la hipoteca ya asumida) y el plazo en que puedes razonablemente devolver el préstamo adicional:
- Ejemplo 1 — Piso en Madrid de 180.000 € (ITP 6% = 10.800 €): Con un préstamo personal a 24 meses y TAE del 8%, la cuota mensual sería aproximadamente 487 €. Si tras la hipoteca y gastos fijos te quedan al menos 600 € de margen mensual, este plazo es viable. A 36 meses la cuota bajaría a unos 338 €, pero pagarías más intereses en total.
- Ejemplo 2 — Apartamento en Cataluña de 220.000 € (ITP 10% = 22.000 €): El importe es significativo. Un préstamo personal a 48 meses con TAE del 10% generaría una cuota de unos 557 €. Compara este coste con la posibilidad de ampliar la hipoteca: si el banco la ampliara al 2,5% a 20 años, la cuota adicional sería de unos 117 € mensuales, pero el coste total en intereses a largo plazo sería mayor. El préstamo personal sale más caro mensualmente pero más barato en términos de coste total si lo devuelves en 4-5 años.
- Ejemplo 3 — Casa en Andalucía de 150.000 € con tipo reducido del 3,5% (ITP = 5.250 €): Importe pequeño que puede financiarse fácilmente con un préstamo personal a 12-18 meses. Muchos bancos y fintech ofrecen este tipo de importes sin comisiones de apertura y con TAE competitivos para perfiles sin incidencias crediticias.
En todos los casos, el consejo clave es: no esperes a cerrar la firma notarial para buscar financiación. Solicita el préstamo o inicia el proceso de ampliación hipotecaria en cuanto tengas firmado el contrato de arras, para tener la liquidez disponible cuando la necesites. Los 30 días hábiles del plazo de autoliquidación del ITP son suficientes si actúas con antelación, pero no si empiezas a buscar financiación el día de la firma.
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8 años cubriendo productos de crédito al consumo en España y LATAM. Especialista en regulación RGPD y ASNEF.
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