Calculadora de Impuesto Único y Retención de Honorarios
¿Cómo se calcula el impuesto/retención, empleado vs independiente?
Como empleado, se estima el impuesto único de segunda categoría aplicando tramos progresivos medidos en UTM directamente sobre el ingreso bruto introducido (en la práctica se calcula sobre la base ya descontadas AFP y salud). Como independiente, se aplica una tasa fija de 15,25% sobre el monto bruto de la boleta de honorarios (vigente en 2026, Ley 21.133), la cual sube gradualmente cada año hasta llegar al 17% en 2028. Ambos cálculos son estimaciones orientativas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el impuesto de un empleado y la retención de un independiente?
El empleado paga el impuesto único de segunda categoría, progresivo y calculado sobre tramos de UTM. El independiente que emite boleta de honorarios tiene una retención fija (15,25% en 2026) sobre el monto bruto de cada boleta.
¿Por qué la tasa de retención de boletas de honorarios sube cada año?
Es parte de un cronograma legal (Ley 21.133) que busca equiparar gradualmente la carga tributaria de los independientes con la de los trabajadores dependientes: la tasa pasó de 14,5% en 2025 a 15,25% en 2026, y seguirá subiendo hasta llegar al 17% en 2028.
¿La retención de la boleta es el impuesto final que debo pagar?
No necesariamente. Es un anticipo que se reconcilia en tu declaración anual de impuestos (operación renta), donde puede resultar un saldo a favor o a pagar según tu situación tributaria completa del año.
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